ElBoletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA)ha publicado lasbases reguladorasde lasayudas destinadas a los autónomos que decidan montar un negocio en Andalucía. Estos deben mantener de forma ininterrumpida lacondición de autónomo durante doce meses a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud.
Cuantía de la ayuda
Dependiendo del colectivo al que pertenezca el solicitante, la cuantía oscila entre los 3.800 euros y los 5.500 euros.
- Mujeres: la subvención será de 5.000 euros si tienen menos de 35 años, y de 3.800 euros si tienen más de 35.
- Hombres: los menores de 30 años recibirán 5.000 euros, mientras que los mayores de 30 recibirán 3.800 euros.
Si, cualquiera de estos beneficiarios, desarrollan su actividad en un municipio con menos de 10.000 habitantes, el ingreso aumentaría hasta los 5.500 euros para mujeres menores de 35 y hombres menores de 30. En los otros dos supuestos la cuantía se incrementaría hasta los 5.000 euros.
Requisitos a cumplir
Los autónomos que quieran solicitar la ayuda:
- Deben estar dados de alta en el RETA a la fecha de presentación de la solicitud
- Deben desarrollar su actividad en Andalucía y ser beneficiarios de la tarifa plana estatal
- Deben contar con un plan de viabilidad de la actividad proyectada
Cuándo y cómo se solicita
La presentación de la solicitud se llevará a cabo por Internet, donde la Administración comprobará los requisitos a cumplir. El solicitante sabrá si han aceptado su concesión de la ayuda en un plazo máximo de cuatro meses desde la fecha en que la solicitud haya sido introducida en el sistema.
Compatibilidad
Estas ayudas son compatibles con las de ampliación de la tarifa plana, y han podido solicitarlas todas las personas trabajadoras autónomas que se hayan dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en los últimos 3 meses con anterioridad a la solicitud del incentivo.
